Modificación de la Ley de Tasas Judiciales – Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero
Poco ha durado la vigente Ley de Tasas en su redacción original. Sin entrar a valorar la totalidad de los cambios, los principales y más importantes son: Nuevas exenciones: Capacidad, filiación y matrimonio: Quedan exentos los de mutuo acuerdo o con consentimiento, y quedan gravados como "Cuantía indeterminada" todos los contenciosos. Demandas de ejecución